ateinge-europea-vinati

Nuevas bases reguladoras de las ayudas VINATI para inversiones en transformación e infraestructuras vitivinícolas

El pasado de 9 de marzo, la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, publicó la Orden Orden 48/2023, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas en inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización (Vinati), dentro de la intervención sectorial vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común para el período 2024-2027 y se establece su convocatoria para todo el período.

Estas ayudas tienen como principal objetivo optimizar el rendimiento de las empresas vitivinícolas y su ajuste a las demandas del mercado, así como crecer su competitividad a largo plazo en materia de producción y comercialización de productos vitícolas, incluyendo el ahorro energético, la eficiencia energética global y los procesos sostenibles.

¿QUIÉN SE PUEDE SOLICITAR LAS AYUDAS VINATI?

Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente orden las entidades que deseen acometer inversiones en transformación y/o comercialización en sus instalaciones, o inversiones en comercialización en instalaciones desvinculadas físicamente de la bodega, y sean de alguno de los tipos siguientes:
a) Empresas vitivinícolas constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud, que en el momento de la solicitud produzcan o comercialicen productos vitivinícolas o que, como consecuencia de la ejecución de la operación objeto de la solicitud de ayuda, comiencen esa producción o comercialización.
b) Organizaciones de productores vitivinícolas, reconocidas de acuerdo con el artículo 152 del Reglamento (UE) nº 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, y sus asociaciones.
c) Asociaciones de dos o más productores de productos vitivinícolas, con personalidad jurídica y constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
d) Organizaciones interprofesionales.
e) Organizaciones profesionales.

Para mayor información, no dudes en contactar con nuestro equipo profesional de Ateinge Europea S.L. en el teléfono 926 533 002​ .

Ir al contenido